La Sala Cuarta de Cámara del Crimen sobreseyó al propietario de un auto que había estacionado mal su vehículo y además había tapado la chapa. Para los jueces, esa maniobra no implicó la transformación de la numeración original, por lo que no hubo delito.
Tapar la chapa patente con un trapo, un papel, una cinta, o cualquier otro elemento en forma "burda" no constituye delito, según establece un fallo de la Cámara del Crimen.
La Sala IV de dicha cámara sobreseyó al propietario de un auto Ford Ka que el 15 de junio de 2007 estaba mal estacionado sobre la calle La Pampa al 2700 y además "exhibía la alteración parcial de uno de sus números, puntualmente el 3".
En el fallo, los jueces Alberto Seijas y Carlos González consideraron que "la conducta de quien efectuó maniobras para dificultar la correcta visualización de la chapa patente trasera de un vehículo no constituye alguna de aquellas conductas previstas por el tipo penal bajo análisis".
Seijas entendió que la forma en que el propietario tapó la patente "no implicó la transformación de su numeración original en otra, de modo tal que esa operación pudiera representar un cambio y, consiguientemente, una adulteración".
Para González, el criterio exculpatorio alcanza "a los supuestos de ocultamiento burdos y fácilmente detectables, así como totales o parciales de la numeración individualizada".
Los camaristas además tuvieron en cuenta que las autoridades del gobierno porteño lograron "determinar con certeza el número afectado y por dicha razón individualizar al rodado y a su propietario, a quien se logró notificar de la infracción".
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